GARAJONAY. Prácticas Ambientales En Un Espacio Natural Protegido.

¿Cómo funciona un espacio protegido?
¿Con qué instrumentos se trabaja en un espacio protegido?

La Ley establece los instrumentos de gestión para las distintas figuras de protección. El primero que se aplica sobre el territorio es el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN), que propone la figura legal para proteger el espacio estudiado. Posteriormente, en el caso de parques naturales y regionales, se desarrolla el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG), que establece las actuaciones a realizar y la forma en la que se gestiona el espacio protegido.

EL FUNCIONAMIENTO DE UN ESPACIO PROTEGIDO

Conocer para organizar mejor tu oferta los programas de mejoras son los instrumentos básicos para el desarrollo socioeconómico pues concretan las determinaciones de los PORN en materia económica y social. Dado que cada espacio presenta unas características propias, los documentos que regulan su planificación son particulares, únicos y exclusivos para cada unos de ellos.

¿Qué es un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN)?

- Es el instrumento de planificación que establece las medidas necesarias para asegurar la protección, conservación, mejora y utilización racional del territorio que se pretende declarar.
- Determina las limitaciones generales y específicas a establecer sobre los usos y actividades, especifica las distintas zonas, y orienta la gestión.
- Sus disposiciones están por encima de cualquier otro instrumento de ordenación territorial o física. Los instrumentos de ordenación territorial existentes que resulten contradictorios con un PORN deberán adaptarse a éste en un plazo máximo de un año a partir de la fecha de su aprobación.

¿Qué es un Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG)?

Es un instrumento más concreto que permite su gestión. Contiene:
- Las directrices para gestionar el espacio natural, con el fin de lograr los objetivos que han justificado su declaración.
- La zonificación del espacio a efectos de actuaciones.
- La normativa para regular las actividades económicas y recreativas según la zonificación.
- Las directrices para la elaboración de los programas que desarrollen los objetivos concretos del espacio, en relación con la protección y conservación, el progreso socioeconómico de las comunidades que viven ahí, la investigación, y el disfrute por los visitantes.
- La relación de ayudas técnicas y económicas destinadas a compensar las limitaciones que suponen la protección y conservación de ese territorio.

¿CÓMO APROVECHAR EL ESPACIO PROTEGIDO PARA DISEÑAR UNA OFERTA DE TURISMO DE NATURALEZA?

Para aprovechar adecuadamente los equipamientos y aptitudes del espacio, el empresario puede:

- Conocer bien la oferta de equipamientos y servicios, y sus condiciones de uso (horarios, medios expositivos) para incluirlos en sus visitas organizadas, como puntos de comienzo o presentación de las actividades o rutas guiadas por el parque, o simplemente para informar bien sobre ellos a sus clientes.
- Conocer bien la normativa particular de regulación de las actividades de turismo de naturaleza y recreativas, pues cada espacio tiene sus condiciones particulares. Este régimen de usos y las posibles limitaciones (de actividades, por zonas y épocas) viene recogido en el PORN.
- Diseñar su ofertade actividades de forma idónea, ajustándose a las características y normativa del espacio protegido.
- Cuando haya diseñado su oferta y antes de ofrecerla a sus clientes debe solicitar autorización a la Consejería de Medio Ambiente.

¿Qué actividades de uso público y de turismo precisan autorización?

Siempre se dará prioridad y preferencia en caso de conflicto, a las actividades de bajo impacto como medio más favorable para disfrutar de los valores del espacio natural (paseo, contemplación, senderismo…), primando los intereses de la población local sobre los de los visitantes. Algunas de estas actividades ligadas al uso público requerirán la autorización de la administración del Espacio Natural:
- Realización de determinadas pruebas deportivas.
- Realización de actividades de turismo activo organizadas (escalada, montañismo, senderismo, rutas a caballo, bicicleta de montaña, parapente, descenso de barrancos, etc).
- Las prácticas deportivas con vehículos motorizados estarán prohibidas salvo en las Zonas de Uso General.
- La realización de actividades profesionales o comerciales de cinematografía, televisión, vídeo u otras similares en el medio natural. En determinadas zonas se puede hacer necesario el cierre de determinadas pistas y lugares al tránsito de vehículos para preservar áreas con un elevado valor ecológico, último refugio de especies gravemente amenazadas.

Dicho esto, para las personas que vayan a visitar GARAJONAY un entorno natural protegido unas buenas PRÁCTICAS AMBIENTALES que deben tomar para la conservación del entorno son:

         -Camine por los senderos establecidos.
         -Respete las plantas y animales.
         -Siga las indicaciones del personal del parque.
    -Colabore con el buen mantenimiento del parque, aporte sugerencias y facilite el cumplimiento de sus objetivos.
    -No haga ruidos estridentes ni emplee aparatos a alto volumen. Escuche los sonidos de la naturaleza y respete sus silencios. Todos tienen derecho a disfrutar del parque.
    -No tire basura. Es conveniente que cada uno regrese con la basura que genera. En todo caso use las papeleras adecuadamente para facilitar la recogida selectiva de basura.
    -Cuidado con el fuego. No fume dentro del bosque ni encienda fuego excepto en los fogones de las áreas recreativas acondicionadas para ello, cuando las condiciones meteorológicas lo permitan.
    -No está permitida la acampada ni el vivac.
    -Las bicicletas están permitidas en las carreteras asfaltadas y en la mayor parte de las pistas de tierra, excepto aquellas en las que expresamente está señalizada su prohibición. No están permitidas en los senderos.
    -En las Áreas recreativas, está prohibido jugar al futbol y otros deportes que dañan los céspedes naturales.
         -La acampada no esta permitida dentro del parque.




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